EN 81-20 / -50 son ahora el mandato

Por EFESME | Códigos y normas | Noviembre 1, 2017

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Descripción general de la IA

Las normas EN 81-20 y EN 81-50 se convirtieron en las únicas normas que otorgan presunción de conformidad con la Directiva de Ascensores después de que las normas EN 81-1 y -2 fueran retiradas el 31 de agosto. La norma EN 81-20 actualiza los requisitos de seguridad para la construcción e instalación de ascensores y la norma EN 81-50 define las pruebas y exámenes para los componentes; todas las declaraciones de conformidad de la UE emitidas después del 31 de agosto deben cumplir o demostrar una seguridad equivalente. Las protecciones clave para los pasajeros abordan el movimiento involuntario de la cabina, la velocidad excesiva en ascenso, la detección y el bloqueo de puertas, la clasificación de resistencia al fuego de los materiales de la cabina, la iluminación y la resistencia de puertas y paredes. Se endurecen la seguridad de los técnicos, la coordinación del diseño del hueco y los requisitos para fosos, acceso a la sala de máquinas, refugio en el techo de la cabina y barandillas. Las PYME se enfrentan a desafíos para aprender los cambios, obtener componentes que cumplan con la normativa, gestionar las traducciones y prepararse para futuras revisiones impulsadas por mandatos para abordar la mantenibilidad y la facilidad de servicio.

Durante más de 30 años, EN 81-1 y -2 fueron los principales estándares de ascensores en Europa y, especialmente durante la última década, en muchas otras partes del mundo. Estos documentos fueron retirados a la medianoche del 31 de agosto.

Las nuevas normas, EN 81-20 y -50, fueron entregadas por el Comité Técnico 10 del Comité Europeo de Normalización (CEN / TC10) en 2014 y, el 1 de septiembre, se convirtieron en los únicos códigos que dan presunción de conformidad con la Seguridad y Salud Esencial. Requisitos de la Directiva de Ascensores para el diseño y fabricación de ascensores en Europa. La primera norma, EN 81-20, define los requisitos de seguridad revisados ​​y actualizados para la construcción e instalación de ascensores. El segundo, EN 81-50: 2014, establece los requisitos de prueba y examen para ciertos componentes del ascensor. Todos los ascensores con una declaración de conformidad de la Unión Europea emitida después del 31 de agosto deben cumplir con los requisitos de estas nuevas normas o un nivel de seguridad equivalente.

Los nuevos estándares tienen como objetivo mejorar la seguridad tanto para los pasajeros del ascensor como para los técnicos de servicio. Los principales cambios en los requisitos de seguridad para los pasajeros incluyen los relacionados con el movimiento involuntario del automóvil y el exceso de velocidad ascendente del automóvil; los sistemas de detección de puertas y el mecanismo de bloqueo de las puertas de los automóviles; la clasificación al fuego de los materiales del automóvil; la iluminación del coche y del hueco; y la resistencia de las puertas de los automóviles, las puertas de los descansillos y las paredes de los automóviles. Para los técnicos de servicio, los cambios específicos están destinados a mejorar la seguridad a través de requisitos relacionados con el acceso al pozo y a la sala de máquinas; techos de automóviles y espacios de refugio en boxes; y balaustradas de techo de automóviles. La EN 81-20 también introduce algunos cambios que afectan el diseño del pozo, como los requisitos relacionados con las paredes de vidrio, la ventilación y los dispositivos de extinción de incendios. El diseño del pozo es responsabilidad del diseñador del edificio, por lo que el intercambio efectivo de información entre el instalador del ascensor y el diseñador del edificio sobre estos nuevos requisitos es crucial.

Las pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector de los ascensores se enfrentan a un doble desafío. En primer lugar, deben estudiar y evaluar los principales cambios introducidos por las nuevas normas para poder aplicarlos al diseño y fabricación de nuevos ascensores. En segundo lugar, necesitan la cooperación de sus proveedores para el desarrollo de componentes para ascensores y dispositivos que cumplan con los nuevos requisitos. Las asociaciones industriales nacionales de toda Europa organizaron reuniones y seminarios para las PYME de la industria de los ascensores, con el fin de sensibilizar y promover la educación y la formación sobre las nuevas normas.

El 1 de septiembre, EN 81-20 y 50 se convirtieron en las únicas normas que dan presunción de conformidad con los Requisitos Esenciales de Seguridad y Salud de la Directiva de Ascensores para el diseño y fabricación de ascensores en Europa.

La EN 81-20 también cubre temas como la disponibilidad in situ de herramientas especiales necesarias para operaciones de emergencia e información detallada sobre los procedimientos y el reemplazo oportuno de elementos desgastados que podrían hacer que el elevador no sea seguro, pero estos aún no se han implementado por completo. Esto puede considerarse una ventaja tanto para las PYME como para los usuarios, ya que facilita el desarrollo de un mercado libre para el servicio posventa de ascensores, incluso si el objetivo no se alcanza plenamente a través de sus disposiciones actuales. El objetivo se logrará después de que CEN / TC10 implemente completamente la nueva solicitud de estandarización emitida por la Comisión Europea (mandato M / 549) mediante la revisión de las normas armonizadas para ascensores, incluida la EN 81-20, para cumplir con “los requisitos esenciales de salud y seguridad que requieren especificaciones técnicas relativas a la mantenibilidad y capacidad de servicio de ascensores y componentes de seguridad ”(Anexo I del mandato).

Es posible que los cambios supongan una carga para las PYME debido a la especial atención que deben prestar al aprendizaje y a que las traducciones de las normas, que se publicaron en inglés, francés y alemán, a varios idiomas nacionales tardarán en completarse. .

 Para obtener más información, visite la Federación Europea de Pequeñas y Medianas Empresas de Ascensores (EFESME) en www.efesme.org, o correo electrónico secretarí[email protected].

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